
Fiscalidad
Verifactu en el alquiler de autocaravanas: obligaciones y fechas
Verifactu en el alquiler de autocaravanas: quién está obligado, fechas vigentes (2027), qué debe hacer el software y sanciones.
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TicketBAI y Batuz para el alquiler de autocaravanas en Álava, Bizkaia y Gipuzkoa: normas forales, fechas, software y por qué no aplica Verifactu.
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Las empresas y autónomos de alquiler de autocaravanas y campers con domicilio fiscal en Álava, Bizkaia o Gipuzkoa ya están obligados a TicketBAI. Cada factura debe generarse con un software registrado que firma un fichero, lo envía a la Hacienda Foral al emitirla e imprime un código TBAI y un QR. A octubre de 2026 el calendario está completado en los tres territorios: Álava desde diciembre de 2022, Gipuzkoa desde junio de 2023 y Bizkaia, dentro del sistema Batuz, entre 2024 y 2026 según el tipo de contribuyente. Para estas empresas no se aplica Verifactu.
TicketBAI es un proyecto común de las tres Haciendas Forales y el Gobierno Vasco. Obliga a usar un sistema de facturación que garantice la integridad, conservación, trazabilidad e inviolabilidad de los ficheros que documentan cada venta o servicio. Cada territorio lo ha regulado con su propia norma, con requisitos técnicos casi iguales y calendarios distintos.
En Bizkaia, TicketBAI es una de las tres piezas del sistema Batuz, junto con el Libro Registro de Operaciones Económicas (LROE) y los borradores de declaraciones que prepara la Hacienda Foral.
| Territorio | Norma que crea la obligación | Desarrollo reglamentario | Calendario |
|---|---|---|---|
| Álava | Norma Foral 13/2021, de 21 de abril | Decreto Foral 48/2021, de 5 de octubre (BOTHA n.º 117 de 2021) | Modificado por el Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 9/2022 |
| Bizkaia | Norma Foral 5/2020, de 15 de julio (sistema de control de rendimientos de actividades económicas, Batuz) | Decreto Foral 82/2020, de 8 de septiembre; Orden Foral 1482/2020 (software garante), modificada por la Orden Foral 2170/2020 | Norma Foral 8/2023, de 22 de noviembre, de implantación definitiva de Batuz |
| Gipuzkoa | Norma Foral 3/2020, de 6 de noviembre | Decreto Foral 32/2020, de 22 de diciembre (BOG de 23 de diciembre de 2020) | Disposición transitoria única del Decreto Foral 32/2020 |
Álava. Según la Hacienda Foral de Álava, la adhesión voluntaria fue posible desde el 1 de enero de 2022 y la obligación alcanzó al resto de contribuyentes el 1 de diciembre de 2022. Una empresa de alquiler de vehículos está obligada desde esa fecha.
Gipuzkoa. El calendario se escalonó por grupos del IAE. Los grupos 851 a 999 de la sección 1.ª, donde está el grupo 854 de alquiler de automóviles sin conductor, entraron el 1 de abril de 2023, y todos los contribuyentes con actividad económica están obligados desde el 1 de junio de 2023. El buscador por epígrafe de la Diputación de Gipuzkoa confirma la fecha concreta.
Bizkaia (Batuz). La Norma Foral 8/2023 fijó estas fechas:
| Contribuyente | Fecha |
|---|---|
| Sociedades que no son microempresa, pequeña o mediana empresa | 1 de enero de 2024 (cualquier actividad) |
| Autónomos, entidades en atribución de rentas y sociedades micro, pequeñas o medianas con actividades "de alquiler" | 1 de julio de 2024 |
| Resto de actividades | Escalonado hasta el 1 de enero de 2026 |
El calendario de Batuz no cita el epígrafe 854. Incluye a las actividades empresariales de alquiler en el grupo del 1 de julio de 2024. Si tu actividad tiene dudas de encaje, confírmalo con la Hacienda Foral de Bizkaia.
En la práctica, a octubre de 2026 cualquier empresa de alquiler de autocaravanas con domicilio fiscal en Euskadi debería estar ya emitiendo con TicketBAI.
El Concierto Económico con el País Vasco (Ley 12/2002) atribuye a las Diputaciones Forales la regulación y gestión del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades de sus contribuyentes. Por eso el Reglamento estatal de sistemas informáticos de facturación (Real Decreto 1007/2023) excluye a quien tenga su domicilio fiscal en el País Vasco y tribute por la normativa foral. La AEAT lo recoge en sus preguntas frecuentes e indica que en Álava, Bizkaia y Gipuzkoa se aplica TicketBAI.
Dos matices útiles:
Más detalle sobre el régimen estatal en Verifactu en el alquiler de autocaravanas.
Las normas forales y la Orden Foral 1482/2020 de Bizkaia coinciden en lo esencial. El software de la empresa de alquiler debe:
Como alternativa gratuita para volúmenes pequeños, las Haciendas ofrecen aplicaciones propias de facturación (por ejemplo, "Haz tu factura" en Bizkaia). Para enlazar reservas, contratos y facturación, consulta el comparador de software.
Particularidad de Bizkaia: el LROE. Además de TicketBAI, en Bizkaia las facturas emitidas y recibidas se declaran en el LROE: el modelo 140 para personas físicas con actividad y el modelo 240 para sociedades. Si tu programa ya envía TicketBAI, las facturas emitidas suelen volcarse al LROE de forma automática, pero las recibidas (talleres, seguros, compra de vehículos) hay que registrarlas.
Sí. Con la Norma Foral 8/2023, las sociedades grandes están obligadas desde el 1 de enero de 2024 y los autónomos y las pymes con actividades de alquiler desde el 1 de julio de 2024.
En Gipuzkoa, desde el 1 de junio de 2023 para todos los contribuyentes con actividad económica (el grupo de alquiler, desde el 1 de abril de 2023). En Álava, desde el 1 de diciembre de 2022 para el resto de contribuyentes.
No. Verifactu es para quienes tienen domicilio fiscal en territorio común. Con domicilio fiscal foral en Euskadi aplicas TicketBAI.
Batuz es el sistema de control tributario de Bizkaia. Incluye TicketBAI, el Libro Registro de Operaciones Económicas (modelos 140 y 240) y los borradores de declaraciones.
No. El programa debe estar inscrito en el Registro de Software TicketBAI del territorio, o puedes usar la aplicación gratuita de la propia Hacienda Foral.
Sí. La obligación alcanza a todas las facturas, completas y simplificadas.
Este contenido es informativo y no sustituye el asesoramiento profesional. Confirma tu caso con tu gestor o con la Hacienda Foral de tu territorio.

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