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Fianza alquiler autocaravana: preautorización, daños y multas
Cómo fijar y cobrar la fianza de una autocaravana de alquiler: preautorización, plazos, franquicia, check-out con fotos, IVA de los daños y multas.
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Seguro para empresas de alquiler de autocaravanas: seguro obligatorio, coberturas voluntarias, franquicia y fianza, póliza de flota, conductores y carta verde.
Última revisión:

Una empresa de alquiler de autocaravanas necesita, como mínimo, el seguro obligatorio de responsabilidad civil de cada vehículo (Real Decreto Legislativo 8/2004), contratado sabiendo la aseguradora que el vehículo se destina a alquiler sin conductor. Ese seguro solo cubre daños a terceros: los daños a la propia autocaravana, el robo, las lunas, la asistencia en viaje y la célula habitable se cubren con garantías voluntarias, normalmente con una franquicia que se traslada al cliente a través de la fianza.
El artículo 2 del Real Decreto Legislativo 8/2004 (texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor) obliga al propietario de todo vehículo con estacionamiento habitual en España a suscribir el seguro obligatorio. Circular sin él supone la prohibición de circular, el depósito o precinto del vehículo y una multa de 601 a 3.005 euros (art. 3).
Lo que debes saber de su alcance:
El uso en alquiler debe declararse. La ley no crea una póliza especial, pero el uso es un dato esencial del riesgo: pide que la póliza refleje expresamente el alquiler sin conductor.
| Cobertura | Qué cubre | Puntos a revisar en una empresa de alquiler |
|---|---|---|
| Daños propios | Daños a la autocaravana por accidente, vuelco o colisión | Franquicia por siniestro, si cubre golpes en altura (toldos, claraboyas) y bajos |
| Robo e incendio | Sustracción del vehículo o de piezas, incendio | Si exige localizador, si cubre robo con llaves entregadas al cliente o apropiación indebida |
| Lunas | Parabrisas, laterales y, a veces, ventanas y claraboyas de la célula | Muchas pólizas solo cubren las lunas de la cabina |
| Asistencia en viaje | Remolque, reparación in situ, traslado de ocupantes | Límite de peso de la grúa y kilómetros cubiertos, cobertura en el extranjero |
| Célula habitable y contenido | Mobiliario, instalación de gas, agua, electricidad, equipamiento | No siempre se incluye en daños propios: pregunta expresamente |
| Accesorios | Toldo, portabicicletas, placas solares, antenas | Suelen requerir declaración y valoración |
| Accidentes del conductor | Indemnización al conductor causante | El obligatorio no le cubre (art. 5) |
No publicamos precios orientativos de pólizas: dependen de la flota, la siniestralidad, la zona y la aseguradora, y no hay una fuente pública fiable. Pide varias ofertas a mediadores especializados en flotas de alquiler.
La franquicia es la parte de cada siniestro que asume tu empresa según la póliza. La fianza es la cantidad que retienes al cliente para responder de daños, multas o incumplimientos. Lo habitual es fijar la fianza en un importe igual o cercano a la franquicia, de forma que el riesgo de tu empresa en un siniestro quede cubierto.
Puntos clave:
Más detalle en fianza y daños en el alquiler de autocaravanas.
A partir de varios vehículos, muchas aseguradoras ofrecen una póliza de flota: un único contrato con condiciones comunes, renovación única y altas y bajas ágiles, tarificado según la siniestralidad global (un mal año encarece toda la flota). Compara cómo gestiona las altas de temporada y la suspensión de vehículos parados en invierno.
La póliza y el contrato de alquiler deben ser coherentes sobre quién puede conducir:
Para cotizar, prepara:
La ley exige el seguro obligatorio de responsabilidad civil para cada vehículo. No hay una póliza "especial" definida por ley, pero la aseguradora debe conocer que el vehículo se destina a alquiler sin conductor, porque es un dato esencial del riesgo.
No. El artículo 5 del RDL 8/2004 excluye los daños al propio vehículo asegurado y a las cosas transportadas. Para eso necesitas daños propios y, en su caso, una cobertura de la célula habitable y del contenido.
La franquicia es lo que asume tu empresa en cada siniestro según la póliza; la fianza es lo que retienes al cliente. Se suele fijar una fianza similar a la franquicia, y los cargos deben corresponder a daños reales y acreditados.
Solo si tu contrato lo permite y la aseguradora emite la carta verde (CIS) para ese país, ya que Marruecos no está cubierto por el ámbito automático del seguro obligatorio. Revisa también la asistencia en viaje y los daños propios.
La aseguradora indemniza a los terceros perjudicados, pero puede repetir contra el conductor, el propietario o el asegurado (art. 10 del RDL 8/2004). El contrato debe prever que el cliente responda de esas cantidades.

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